Este trámite permite solicitar la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales.
¿Quién puede realizarlo?
Los jubilados o pensionados, que acrediten ser titulares de vivienda única, de ocupación permanente y personal.
¿Dónde se realiza?
Dirección: Palacio Municipal (Rentas Inmobiliarias). Alberdi 500 planta baja, Quilmes
Teléfono: 4350-3000
Atención: Lunes a viernes de 8 a 14 hs
Renovación de exención
Renovación Automática de Exención de SUM: reconocimiento de oficio, de acuerdo al Decreto 762/20.
Eximición retroactiva o por primera vez
Requisitos
Presentar original y fotocopia de la documentación
- Título de propiedad o boleto de compra-venta.
- Recibo de haber jubilatorio del perteneciente al periodo de marzo a agosto uno solo y del conviviente (uno por cada año que registra deuda a partir de 2014 y por cada beneficio)
- Constancia de Anses (RUB) que acredite los beneficios percibidos.
- En caso de que alguno de los conyuges o convivientes sea desocupado, debe traer Negativa de Anses.
- Para los que cobran por IPS, deberán presentar Certificación Negativa.
- DNI con domicilio actualizado, tanto del presentate como del cónyuge y/o convivientes.
- En caso de Divorcio o Separación de hecho, presentar documentación correspondiente.
- Recibo de la Tasa Municipal.
- Recibo de Edesur.
- En caso de fallecimiento del cónyuge, Certificado de Defunción.
- En caso de ser ciudadano extranjero, Certificación Negativa de haberes del país de origen, salvo aquellos nacidos en países limítrofes.
- En caso de ser Monotributista AFIP Constancia de Opción Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y Comprobantes de pago del Monotributo.
Porcentajes:(Mínimo ANSES mes de marzo $ 15.891,49 Resolución 76/2020.-)
Se deja constacia que a partir del 22 de Abril 2020 comenzaremos con la recepción del trámite, hasta el 31/10/2020
Hasta $ 23.837,24.- 100% (1 mínima y 1/2)
Desde $ 23.837,25 hasta $ 27.810,11.- 75% (1 mínima y 3/4)
Desde $ 27.810,12 hasta $ 31.782,98.- 50% (2 mínimas)
Desde $ 31.782,99 hasta $ 35.755,85.- 25% (2 mínimas y 1/4)
No se recepcionarán trámites sin la totalidad de la documentación solicitada.
Nota: De acuerdo a los topes establecidos la eximición puede ser de hasta un 100% de la tasa por Servicios Urbanos Municipales.