Bienvenidos a la guía de trámites del Municipio de Quilmes

Conocé los pasos, dónde realizarlos y los requisitos para tus trámites municipales.

BÚSQUEDA

Inicio de expedientes por INSCRIPCIÓN ante el Registro Nacional de Cultos (RNC)

¿Dónde se realiza?

Dirección de Cultos.

Sarmiento N° 608 (2do piso)


¿Cúando se puede realizar?

Lunes a Viernes de 9 a 15 hs.


Turno

no


Costo

Gratuito


Última modificación

2024-02-20

- Informacion importante

Documentación necesaria

  • Formulario RNC N° 1 (Solicitud de inscripción de entidades religiosas) firmado por la máxima autoridad de la entidad religiosa.
  • Acta de comisión directiva autorizando al representante legal (Si el trámite no es presentado por la máxima autoridad).
  • Formulario RNC N° 2 (Características generales del culto).
  • Historia de la organización religiosa. Contendrá una descripción de la historia de la entidad religiosa desde su constitución y deberá estar firmada por la máxima autoridad religiosa.
  • Formulario RNC N° 3 (Relación de dependencia con otras entidades del país o del exterior). Si la entidad es miembro de federaciones, confederaciones, convenciones y/o entidades de segundo grado, se deberá acompañar certificado de afiliación o membresía.
  • Acta fundacional, de radicación o de constitución en la REPÚBLICA ARGENTINA. Si la entidad religiosa se constituyese como simple asociación sin personería jurídica, el acta deberá ser confeccionada de acuerdo a las prescripciones del Artículo 46 del Código Civil de la REPÚBLICA ARGENTINA. En caso de radicación, si la entidad decidiese hacerlo como una sucursal de la entidad constituida en el exter
  • Si la solicitante obtuvo previamente personería jurídica, se deberá acompañar constancia de su otorgamiento y una sucinta explicación de las razones por las cuales se otorgó la personería sin la previa inscripción en el Registro Nacional de Cultos (Artículo 2º de la Ley Nº 21.745).
  • Normas estatutarias de la entidad religiosa, de las que surja su finalidad específicamente religiosa, forma de gobierno y modo de designación de autoridades.
  • Características de la doctrina. Se deberá presentar pliego firmado por la máxima autoridad religiosa de la entidad en el que se informe detalladamente la corriente religiosa a que pertenece, los principales fundamentos de su doctrina, las fuentes principales y los elementos distintivos del culto.
  • Actividades permanentes y regulares de culto. Se deberá presentar pliego firmado por la máxima autoridad religiosa de la entidad en el que se informe los ritos y ceremonias más importantes, describiendo su finalidad y contenidos. Si las actividades de culto prevén el sacrificio de animales, determinar cómo se realiza y cuáles son las personas autorizadas para llevarlo a cabo. Se deberá informar la
  • Formulario RNC Nº 4 (Personal con jerarquía religiosa). La condición de ministro de culto se podrá acreditar por medio de certificado de ordenación, certificado de estudios teológicos o carta comendaticia emitida por autoridad religiosa con firma registrada en el Registro Nacional de Cultos.
  • Establecimientos escogidos para la formación de los ministros de culto. Los administrados deberán informar los establecimientos propios o ajenos escogidos para la formación de sus ministros de culto. Se deberá adjuntar copia de los programas de estudio. En caso que sea la misma entidad la que forme a sus ministros de culto, deberá indicarlo y acompañar la currícula de estudios utilizada.
  • Formulario RNC Nº 5 (Autoridades de la entidad). Si la entidad religiosa tuviere autoridades civiles distintas de las religiosas, se deberá informar los nombres, cargos y datos personales.
  • Formulario RNC Nº 6 (Lugar de culto central).
  • El uso legítimo del inmueble asiento de la sede central y lugar de culto se podrá acreditar por medio de los siguientes instrumentos: a. Título de propiedad a nombre de la entidad religiosa. b. Contrato de locación a nombre de la entidad religiosa. En el contrato deberá constar que el inmueble dado en locación será destinado al culto. c. Contrato de comodato a nombre de la entidad religiosa con fi
  • Si el inmueble esta sometido al régimen de propiedad horizontal, se deberá acompañar la documentación que acredite la autorización para realizar actividades de culto (Reglamento de copropiedad o conformidad otorgada por el consorcio de propietarios donde figure la autorización para realizar actividades religiosas).
  • Acreditación fehaciente del funcionamiento en el inmueble denunciado de la sede central y lugar de culto. Se podrá acreditar este extremo por medio de certificación notarial, policial o expedida por autoridad municipal competente.
  • Dimensión sociológica de la entidad. Se deberá acompañar listado de membresía o instrumento análogo que acredite el número aproximado de fieles o adherentes a la entidad religiosa.
  • De conformidad al Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Decreto Nº 1759/1972 T.O. 1991) los documentos en idioma extranjero deberán acompañarse de traducción efectuada por traductor público matriculado. Toda la documentación deberá presentarse en original o copia certificada.
  • Si la entidad tuviere locales filiales, deberá solicitar su registración con posterioridad a la inscripción en Inscripción de filiales.

  • Pasos a realizar

    Paso 1

    Contactarse con la Dirección de Cultos por medio de el mail d.cultos@quilmes.gov.ar o el teléfono 1124009226

    Paso 2

    Acercarse a la Dirección previo turno acordado.

    Paso 3

    Recibir el asesoramiento y planillas para la inscripción.

    Paso 4

    Una vez completados estos pasos continúa la propia Dirección y comunica novedades.