Conocé los pasos, dónde realizarlos y los requisitos para tus trámites municipales.
Todos los archivos y formularios descargados se deberán completar el día de realización de Asamblea Constitutiva, cualquiera de los mismos que haya sido completado con antelación NO tendrá validez. Durante la misma se fijará el objetivo social, se aprobará el Estatuto que regirá el modo de funcionamiento y organización, se elegirá una Comisión Directiva integrada con un mínimo de 7 integrantes, se fijará el monto de la cuota social, se fijará el domicilio de la sede. En la misma, es el/la veedor/a designado/a por la Dirección General de Entidades de Bien Publico, la persona que se encarga de concurrir a la Entidad, en la fecha y hora previamente pautadas, para verificar que la normativa vigente sea cumplida. Asimismo, serán quienes faciliten la documentación y el asesoramiento necesario.
En caso de NO contar con Personería Jurídica:
En caso de contar con Personería Jurídica:
Concurrir a la Dirección General de Entidades, 12 de Octubre 1197 (esquina Velez Sarfield), en el horario de 8 a 14 horas con todo lo mencionado en el Paso 1, para confirmar fecha y hora de realización de la Asamblea Constitutiva, la cual será asignada por la Dirección.Una vez asignada la fecha y hora de Asamblea, la Entidad deberá descargar los siguientes formularios, para tener presentes el día de la misma.
En el plazo de 15 (quince) días hábiles, posteriores a la Asamblea, se deberá presentar en la Dirección General de Entidades de Bien Público, toda la información requerida y que previamente ha sido completada, para que pueda iniciarse el expediente.
Consultas por correo electrónico: entidadesdebienpublico@quilmes.gov.ar