Bienvenidos a la guía de trámites del Municipio de Quilmes

Conocé los pasos, dónde realizarlos y los requisitos para tus trámites municipales.

BÚSQUEDA

Escrituración por título perfecto (Ley 10.830)

¿Dónde se realiza?

Dirección General de Tierras.

Alberdi N° 500, piso 2


¿Cúando se puede realizar?

Lunes a Viernes de 9 a 13.30 hs


Turno

Si


Costo

Gratuito


Última modificación

2022-01-01

- Informacion importante

Actualmente, la asistencia del personal y el horario de trabajo de la SECRETARIA de DESARROLLO URBANO Y OBRA PUBLICA se encuentran reducidos como medida sanitaria para restringir la circulación del perosnal municipal y prevenir el contagio de COVID-19

Documentación necesaria

  • Boleto de compraventa (y en caso de existir sus respectivas cesiones, deben estar autorizadas con firma del vendedor).
  • Fotocopia de la Escritura antecedente (por la cual compró el titular de dominio que vendió por boleto).
  • Si el inmueble se ha originado por subdivisión posterior al título de propiedad, copia del plano respectivo.
  • Autorización del vendedor para escriturar de acuerdo a lo prescripto en La Ley 10.830.
  • Datos personales completos del comprador y vendedor (completar y firmar formulario 1, en caso de haber más de un comprador llenar un formulario 1 por cada uno).
  • Agregar fotocopias: a) Del documento del comprador (1º y 2º hoja). b) Si es casado, del acta de matrimonio o libreta. c) Si es divorciado, de la sentencia de divorcio. d) Del CUIT, CUIL/CDI del comprador y vendedor.
  • En caso de fallecimiento del titular de dominio, deberá acompañarse en original o copia certificada por el Juzgado: a) Escrito donde se denuncia el bien a escriturar. b) Declaratoria de Herederos. c) Auto que ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos, con relación al inmueble que se pretende transferir.
  • Pago de tasa de justicia y sobretasa.
  • Constancia de cumplimiento del art. 20 y 21 de la Ley 6.716.
  • En caso de que para efectuar la escritura traslativa de dominio deba previamente afectarse a propiedad Horizontal otorgándose el Reglamento de Copropiedad y Administración, acompañar: a) Plano de Propiedad Horizontal entelado. b) Planillas de Coeficientes. c) Sólo se otorgarán Reglamentos por dos Unidades Funcionales, d) Declaración Jurada del Adquirente, donde conste que el inmueble cuya escritu
  • Declaración de Interés Social: exigida por el art. 4° inc. d) de la Ley 10.830. Puede ser otrogada por el Organismo Provincial o Municipal, mediante ORDENANZA O DECRETO, una vez inciado el trámite.
  • Completar los formularios que se acompañan.

  • Pasos a realizar

    Paso 1

    Una vez presentada la documentación solicitada, en el area se iniciará el expediente e indicarán pasos a seguir.